La Corte invalida la norma que permitía a AMLO decidir por su cuenta el destino de los recursos producto de ahorros
Este martes, el pleno del máximo tribunal del país determinó por mayoría invalidar una norma que permitía al presidente decidir por su cuenta el destino de los recursos producto de ahorros producidos por medidas de austeridad.
La disposición —declarada inconstitucional por nueve de los 11 ministros— estaba en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Para la mayoría de los ministros, esta norma debe ser invalidada porque da al presidente una atribución que viola la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados de decidir el destino del gasto público.
El artículo en cuestión señala: “Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables a los programas del ejecutor del gasto que los genere. Por cuanto hace al Poder Ejecutivo Federal, dichos ahorros se destinarán a los programas previstos en el Plan Nacional de Desarrollo o al destino que por Decreto determine el Titular”.
La mayoría de los ministros consideró que esto último es contrario a la Constitución.
“La Corte estableció que esta última porción normativa vulnera la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados para decidir el destino de los recursos públicos conforme al artículo 74, fracción IV, de la Constitución General, pues nuestro diseño constitucional deposita exclusivamente en esa Representación Popular la facultad democrática de elegir el destino de los recursos públicos”, informó la SCJN en un comunicado.
El tema llegó a la SCJN a raíz de una acción de inconstitucionalidad promovida por senadoras y senadores.
Apenas este lunes, la SCJN invalidó una norma, impulsada por López Obrador y Morena, que obligaba a los exfuncionarios a tener que esperar 10 años para ocupar puestos en el sector privado.
La mañana de este martes, en su conferencia de prensa diaria, el presidente López Obrador consideró que esa resolución de la SCJN es “una aberración”.
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